Carlos Anderson denunció que la ley sobre crimen organizado “está hecha a la medida de las dirigencias políticas” de Fuerza Popular y Perú Libre
Carlos Anderson, en el hemiciclo del Congreso de la República. | Fuente: Congreso de la Republica
El parlamentario Carlos Anderson cuestionó la falta de voluntad en la mayoría del Congreso para derogar la Ley 32108. “Es un acto tremendo de irresponsabilidad política”, enfatizó.
El congresista no agrupado Carlos Anderson afirmó que las bancadas de Fuerza Popular y Perú Libre “defienden” la Ley 32108 —norma que, de acuerdo con gremios empresariales, organismos no gubernamentales y colegios profesionales, favorece al crimen organizado— “a capa y espada”.
“Es una ley hecha a la medida de las necesidades de sus dirigencias políticas”, dijo en entrevista en Las cosas como son de RPP TV.
Anderson Ramírez indicó que la cuestionada legislación, aprobada en julio pasado por la Comisión Permanente del Congreso, presenta un concepto “antojadizo” de organización criminal.
“Para que haya una organización criminal tiene que haber más de tres personas organizadas, con roles correlacionados, buscando controlar la cadena de valor del crimen. Esta definición ambigua va en contra del principio de legalidad y abre las puertas a que actividades delictivas, como la tala ilegal, no puedan ser calificadas como crimen organizado”, comentó Anderson.
El congresista también respondió a las acusaciones de un miembro de Fuerza Popular, Eduardo Enrique Castillo Rivas, quien, según contó, calificó a los opositores a la Ley 32108 de “caviares” y “prodelincuentes”. Anderson subrayó que dicha opinión es errónea, ya que ha habido expresiones de diversas organizaciones, incluyendo la Confiep, la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), ComexPerú, así como sindicatos de trabajadores, que se oponen a la normativa por considerarla una “puerta trasera” que facilitaría la evasión de organizaciones criminales.
“Hay una renuencia notable entre los congresistas para aceptar cualquier cambio”, añadió, señalando la falta de voluntad en la mayoría del Congreso para derogar la normativa.
Carlos Anderson concluyó advirtiendo que esta falta de acción es “un acto tremendo de irresponsabilidad política” y que solo intensificará la protesta social.
De qué trata la Ley N.° 32108
La Comisión Permanente del Congreso aprobó hace tres meses, en segunda votación, el dictamen que propone modificar el Código Penal, la ley contra el crimen organizado y la ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares (Ley N.° 32108).
El dispositivo —presentado por el congresista Américo Gonza (Perú Libre), cuyo líder de su partido, Vladimir Cerrón, es investigado por presunta organización criminal— modifica la definición de organización criminal y obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
El texto señala que se considerará como organización criminal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel, “con el fin de obtener, directa o indirectamente, el control de la cadena de valor de una economía o mercado ilegal, para obtener un beneficio económico”.
Capital Humano y Social (CHS Alternativo), organización que promueve la protección de los derechos humanos, advirtió que la Ley N.º 32108 “favorece a las organizaciones criminales” e identificó que el dispositivo aprobado excluye 59 tipos penales de los 91 que comprendía la norma anterior. Así, los delitos informáticos, estafa agravada, tráfico de productos pirotécnicos, tala ilegal, tortura simple, marcaje no agravado, concusión, colusión simple, peculado, cohecho pasivo simple, soborno internacional pasivo, cohecho pasivo propio, negociación incompatible, enriquecimiento ilícito básico, tráfico de influencias y falsificación de documentos. Asimismo, tráfico de órganos y tejidos, tráfico ilícito de migrantes, tráfico ilegal de datos personales, entre otros, ya no podrán ser investigados y procesados en el marco del delito de organización criminal.